El Tribunal en lo Penal Colegiado N° 2 de la Ciudad de Mendoza condenó a Alejandro Jofré, exsubsecretario de Trabajo de la gestión Cornejo, a la pena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso, e inahibilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos, por ser penalmente responsable de reiterados y sistemáticos abusos sexuales contra trabajadoras que, al momento de los crímenes, se encontraban bajo su jerarquía laboral. La verdad judicial expuso las responsabilidades políticas del exgobernador Cornejo y de su entonces ministro de Gobierno, Dalmiro Garay, quienes brindaron protección al probado delincuente cuando existían sobrados elementos para apartarlo del Ejecutivo. La sentencia también evidenció la irrisoria pena de seis meses de prisión en suspenso que solicitó el fiscal Darío Tagua, en representación del Ministerio Público Fiscal que conduce el procurador Alejandro Gullé. El abusador perderá su cargo docente en la UNCuyo y podría quedarse sin matrícula de abogado.

COBERTURA ESPECIAL DE EL OTRO
Texto: Negro Nasif | Fotos: Coco Yañez

Unos minutos más tarde las diez y cuarto de la mañana de este viernes 31 de marzo, el tribunal a cargo del juez Luis Correa Llano dio lectura a la sentencia condenatoria -cuyos fundamentos se conocerán la semana próxima- que cerró el juicio oral contra Alejandro Jofré, quien fuera subsecretario de Trabajo del gobierno de Alfredo Cornejo, desde diciembre de 2015 hasta junio de 2018.

“Condenar a Alejandro Felipe Jofré Peinado, ya filiado, a la pena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso, e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos”, resonó en la sala de audiencias a puertas cerradas. Una condena contundente y muy por encima de las probabilidades anticipadas a su defendido por el abogado Juan Day, el mismo letrado que patrocinó a los genocidas y exmagistrados del terrorismo de Estado, Luis Miret y Guillermo Petra, condenados a prisión perpetua en 2017 por crímenes de lesa humanidad.

Es que la pobre defensa técnica del delincuente, basada fundamentalmente en la victimización como eje de su estrategia, no pudo contrarrestar el cúmulo de pruebas indubitables que acreditaron que el violento machista ejerció “tocamientos” sobre las víctimas, en al menos siete casos, e intentó igual conducta aberrante en otro.

Tampoco la irrisoria condena solicitada por la Fiscalía de Darío Tagua menguó la responsabilidad criminal del exfuncionario. En sus alegatos, el fiscal había solicitado únicamente una pena de seis meses en suspenso, a diferencia de la querella, representada por Julieta Nacif y Alfredo Guevara que, si bien coincidieron en grandes líneas con la plataforma fáctica expuesta por el Ministerio Público, plantearon una solicitud de pena más amplia y compleja en sus alcances.

Nacif y Guevara habían formulado la acusación requiriendo 3 años de prisión para el abusador, también en suspenso, pero subrayando que “debido a que el punitivismo no constituye la reparación principal”, era indispensable condenar a Jofré “a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos, que establece el Código Penal, para el caso en que los delitos de abuso sexual sean cometidos por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones”.

Evidentemente, el juez Correa Llano escuchó el pedido de las víctimas y, respaldado en los hechos probados, fijó una condena de prisión por un periodo cinco veces superior a la solicitada por el Ministerio Público Fiscal, adicionando la inhabilitación de por vida planteada por la querella. Sin embargo, el magistrado desistió de pronunciarse sobre dos cuestiones esenciales expuestas por Nacif y Guevara: “que la condena establezca el deber del Estado Provincial de sancionar un protocolo de actuación ante casos de violencia de género en el ámbito laboral, en todas las dependencias públicas”; y que obligue al mismo Estado a “pedir disculpas públicas a las víctimas, que tuvieron que transitar situaciones de persecución laboral, y esperar seis años para llegar a juicio”.

Las responsabilidades políticas de Cornejo

Alfredo Cornejo y Alejandro Jofré Foto de archivo: Gobierno de Mendoza

El fallo demostró que el exfuncionario de Alfredo Cornejo cometió sistemáticos crímenes en el ámbito del trabajo, mientras se desempeñaba bajo las órdenes directas del entonces ministro de Gobierno, Dalmiro Garay, quien actualmente preside la Suprema Corte de Justicia.

Pese a que las denuncias judiciales contra Jofré fueron presentadas por tres víctimas a fines de 2017, y no obstante los permanentes reclamos del colectivo Ni Una Menos para que el Ejecutivo expulsara al funcionario, Cornejo le brindó protección e inmunidad política a su amigo y correligionario y, recién en junio de 2018, el entonces gobernador lo “renunció” para que su presencia en el gabinete oficialista no perjudicara el ascenso de Garay a la cúspide del Poder Judicial.

De hecho, aún con Jofré fuera del Gobierno, la defensa política de Cornejo hacia el abusador no cejó nunca. Recientemente en San Rafael, el senador nacional dio un discurso cargado de odio y mentiras con el que quiso instalar una hipótesis, sin prueba alguna, según la cual Jofré habría sido víctima de una suerte de confabulación promovida por “una mujer” que incumplía sus responsabilidades laborales. “Ella le dijo que (Jofré) le había tocado el culo. Está bien, puede ser”, relativizó el candidato a gobernador de Cambia Mendoza.

La verdad -ya sabemos- fue completamente otra y el protegido del cornejismo no podrá ejercer nunca más un cargo público, y pesa sobre él una condena de prisión en suspenso que podría agravarse a partir de una nueva denuncia por abuso sexual que se sumó a su prontuario durante el desarrollo del juicio oral que culminó este viernes. Además, tal como ya anticipó EL OTRO, no se descarta que otras mujeres víctimas, con el nuevo contexto de este fallo condenatorio, tomen la difícil decisión de romper el silenciamiento sufrido hasta ahora.

Tampoco parece factible, aunque siempre probable en las condiciones de dependencia de poderes en Mendoza, que las instancias judiciales superiores puedan ser influidas por el poder político para tirarle una soga al cambiemita en desgracia.

Sin cátedra, ¿sin matrícula?

La Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo deberá apartar al delincuente Jofré de la Jefatura de Trabajos Prácticos de la cátedra Derecho Administrativo I, que se dicta en la casa de estudios que forma a una parte significativa de las y los abogados que se desempeñarán en nuestra provincia.

Esta es una de las derivaciones del contundente fallo del Tribunal en lo Penal Colegiado N° 2. En diálogo con EL OTRO -único medio presente en Tribunales durante el dictado de la sentencia- el abogado Alfredo Guevara, explicó que el exsubsecretario de Trabajo de la gestión Cornejo, “en tanto funcionario público en ejercicio de sus funciones al momento de cometer los delitos de abuso sexual, no podrá seguir impartiendo cátedra en la Facultad de Derecho de la UNCuyo, a raíz de la condena de inhabilitación”.

Esta derivación fue injustificadamente postergada por las autoridades de la UNCuyo, pese a los continuos reclamos de las organizaciones feministas nucleadas en Ni Una Menos Mendoza que, ya en 2017 cuando se presentaron las denuncias penales, exigieron la separación preventiva del docente de los claustros universitarios.

Además, el doctor Guevara precisó que “el Tribunal de Ética del Colegio de Abogados tiene la obligación de tramitar la exclusión de la matrícula de Jofré”. Lo que, en definitiva, traerá como consecuencia la imposibilidad del ejercicio legal de la profesión por parte del condenado.

 

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