El sur provincial vuelve a ser noticia por un acto de gravedad en la Municipalidad de Malargüe. Esta vez el atropello afecta la integridad de un trabajador con discapacidad que fue cesanteado sin que se respetaran sus derechos ni atendieran sus fundamentos.  El hecho a esta altura no causa asombro, la gestión del intendente Juan Manuel Ojeda acumula denuncias gravísimas por el manejo indebido de fondos y otras irregularidades que han sido acompañadas por actos administrativos que, al menos, facilitaron las maniobras.

Por Juan Sajor

Laura Montero y Juan Manuel Ojeda. Foto de archivo: Facebook L. Montero

La Municipalidad de Malargüe podría sufrir consecuencias judiciales por haber despedido de forma ilegal a una persona con discapacidad. El caso ocurrió en 2021 y la denuncia llegó a la Suprema Corte de Justicia, luego de que el Juzgado en lo Civil y Comercial de la Segunda Circunscripción desestimara la acción de amparo que presentó el trabajador

La persona vulnerada es Héctor Alberto Muñoz. Un malargüino de 56 años, que tiene discapacidades en la marcha y en el habla, que entre 2005 y finales de 2021 se desempeñó como técnico en Seguridad e Higiene en el municipio. En julio de ese año se le notificó que el intendente había firmado un decreto de cesantía que lo dejaba formalmente sin empleo. El acto administrativo aprobado por Ojeda se basó en una denuncia radicada en el ámbito municipal, por un hecho ocurrido en 2020 del que hay pocas pruebas y unas cuantas contradicciones.

Foto: Municipalidad de Malargüe

Así, sin advertencias, ni sanciones previas Héctor Muñoz fue despedido, con un antecedente que lo excluía de cualquier oportunidad de trabajo, sin recursos para contratar a un defensor, ni asesoramiento sobre los derechos que se le estaban desconociendo. Allí comenzó un peregrinaje en busca de ayuda. Recién a finales de ese año, Héctor pudo dar con la única entidad que lo escuchó, el Observatorio sobre Discapacidad en Mendoza, la cual le brindó asistencia jurídica, conectándolo con un abogado que se comprometió con su defensa.

Como primer paso, el defensor de Muñoz, Ricardo Ermili, interpuso una acción de amparo para que el municipio dejara sin efecto el despido, en el Sexto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Segunda Circunscripción Judicial. Ante la desetimación del recurso, acudió a la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Paz, Minas, Tributario y Familia de la Segunda Circunscripción Judicial y, aunque la respuesta fue negativa, esta vez se le abrió la posibilidad de ofrecer prueba y de solicitar la suspensión del acto administrativo ante la Suprema Corte, el máximo tribunal de la provincia.

Foto: Coco Yañez

En el escrito presentado por el abogado de Muñoz ante la Corte, específicamente se solicita que se revoque el decreto de cesantía, que se lo reintegre a su puesto de trabajo, que se le abonen los salarios caídos desde el momento de la suspensión del vínculo laboral y un resarcimiento por el daño y los perjuicios causados.

La demanda se basa en la ilegitimidad del acto administrativo por el cual se dejó cesante al trabajador. Entre otros asuntos, la presentación señala que el municipio le hizo conocer el decreto a  Muñoz sin indicar los recursos que podía interponer, los plazos establecidos y la acción disponible para su impugnación, como contempla la LPA (Ley de Procedimiento Administrativo). Por otro lado, la comuna no notificó al sindicato del sector para que éste tuviera el derecho de alegar en favor del empleado sumariado;  se le imputaron más hechos de los que motivaron la sanción sin permitir que Muñoz se defendiera de éstos; y se utilizó como argumento que Muñoz cobraba una pensión no contributiva por invalidez, haciendo caso omiso de los “principios especiales aplicables en actuaciones administrativas que involucran derechos de personas en condiciones de vulnerabilidad” establecidos por la LPA.

María Teresa Day Foto de archivo: UNCuyo

“Héctor fue despedido de forma absolutamente irregular con vicios de toda clase y violaciones al debido proceso. El reclamo se encuentra en la Sala I de la Suprema Corte de Justicio a cargo de la jueza Teresa Day. Se llegó al máximo tribunal debido a que en las instancias anteriores no consideraron que estaban dadas las condiciones para la acción de amparo, nosotros entendimos que era necesario que se contemplara con urgencia el grado de desamparo social en el que se encuentra Héctor, pero no lo interpretaron así”, explicó Ricardo Ermili, quien además de representar legalmente a Muñoz forma parte de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos.

La denuncia

Fragamento de la acción procesal administrativa.

Los hechos por los cuales Héctor Muñoz fue denunciado por agresión verbal ocurrieron el 24 de agosto de 2020, en el pico de la pandemia de covid 19. Puntualmente, la denuncia se hizo a raíz de un altercado, entre éste y personas del área de limpieza de la terminal de ómnibus, que se produjo cuando el hombre reclamó porque faltaba jabón en los sanitarios y pidió el libro de quejas para dejarlo sentado.

La denunciante y las testigos en un primer momento dijeron que se trató de una discusión que fue subiendo de tono y que Muñoz les levantó la voz y las insultó. Sin embargo, cuando las tres personas fueron citadas a declarar, brindaron versiones distintas y no coincidieron cuando se les preguntó si los insultos fueron hacia ellas o en general. A pesar de todo, el municipio abrió un sumario y, además de las supuestas agresiones, agregó: “la conducta del sumariado es recurrente en diversas áreas del municipio por las que el mismo se ha desempeñado…”. Una acusación que no pudo ser probada porque no hubo testigos que lo avalen y como si fuera poco, no permitieron que el sumariado se defendiera de los nuevos cargos.

Foto: Facebook Juan M. Ojeda

La defensa de Muñoz remarca que la Municipalidad de Malargüe incumplió principios básicos en la formación del expediente, la instrucción del sumario y el decreto de cesantía. En primer lugar, no se tuvo en consideración la discapacidad en el habla (disartria y anartria) que padece la persona, lo que pudo provocar malos entendidos, tampoco que Muñoz tuvo que salir a buscar un baño porque el de su trabajo no están en condiciones para utilizarse. Además, se desconoció que la ley 5892 impone como requisito para la cesantía evaluar los antecedentes del agente y, por último, el municipio incurrió en inobservancia respecto a los “Principios especiales aplicables en actuaciones administrativas que involucren derechos de personas en condiciones de vulnerabilidad”, que distingue la LPA.

Las caras del capacitismo

Foto de archivo: Cristian Martínez

Héctor resume su historia laboral en la Municipalidad como una sucesión de actos de discriminación, como suele ocurrirle a las personas con discapacidad en la mayoría de los ámbitos de trabajo. En numerosas ocasiones, desde que ingresó al área de Seguridad e Higiene, fue desplazado a realizar tareas menores o directamente a otras áreas. A pesar de tener el título de Técnico Superior en esta especialidad, Héctor fue alejado de sus funciones en distintas ocasiones y ofició como portero, levantando y bajando la barrera sanitaria, o de celador en escuelas. Dentro de su área padeció actos de marginación, como tener que realizar tareas sin escritorio ni computadora, descalificaciones y liquidaciones de sueldo por debajo de lo que el estatuto contempla para profesionales.

Además, en todos los años de trabajo, el municipio le negó al trabajador el pase gratuito para transporte que le corresponde por su discapacidad, y tuvo que moverse en bicicleta, recorriendo diariamente 10 kilómetros. Muñoz atribuye estas conductas a la mirada de buena parte de la sociedad sobre las personas con discapacidad. “Hay gente que no tolera que un discapacitado tenga formación profesional y esté por encima de ellas, entonces sucede lo que me sucedió a mí, te desplazan, te hacen la vida imposible y buscan la manera de que te quedés sin trabajo”.

De acuerdo a las cifras del INADI, las personas con algún tipo de discapacidad son quienes padecen discriminación con más frecuencia. De las denuncias que recibe el organismo, la mayoría ocurren en comercios, escuelas y espacios de trabajo.

Mónica Bascuñán Foto de archivo: Coco Yañez

Desde que conoció el caso, Mónica Bascuñán, coordinadora del Observatorio de Personas con Discapacidad de Mendoza, se involucró de lleno para que se hiciera visible y para que Héctor recupere su trabajo. Al respecto Mónica brindó su impresión sobre la situación: “Lo de Héctor es un caso característico de acoso laboral. Tratan de sacarse de encima a una persona con discapacidad, la persiguen, la discriminan, la maltratan, hasta echarla de manera violenta”.

“Nadie quiere quedarse sin trabajo -dice Mónica-, pero mucho menos una persona con discapacidad. En este caso, como suele ocurrir, en el acoso participaron muchas personas, se sumaron para lograr que sea despedido. Ejercen capacitismo, que es la discriminación a una persona por tener una discapacidad, no se los trata como sujetos de derechos, lo que se intenta es que se queden en sus casas y que vivan de una pensión. En el país hay un porcentaje menor de personas con discapacidad trabajando y en muchos casos, como este, en lugar de promover el trabajo para el colectivo de discapacidad, hacen todo lo contrario”.

 

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