Foto de portada: Emma Cunietti (Prensa Gob. Mza.)

En plan “déficit cero”, el gobierno provincial arremetió con fuerza sobre los Institutos de Educación Superior. El reciente decreto 530/18 de Alfredo Cornejo eliminó de un plumazo conquistas históricas del reformismo argentino. Los docentes suplentes, excluidos de la democracia interna de los IES, son una de las partes finas del hilo en riesgo de recorte.

Una contrarreforma radical

Foto: Prensa Gob. Mza.

A 100 años de la Reforma Universitaria que conquistó la autonomía y cogobierno para la educación superior argentina, el gobierno de Mendoza, adherido plenamente a las políticas neoliberales de Cambiemos, dictó un decreto que restringe las decisiones autónomas de los Institutos de Educación Superior (IES), limita la participación de los claustros y olvida casi por completo las funciones de investigación, extensión y formación continua.

A fines del pasado abril, el gobernador Alfredo Cornejo, exmilitante y dirigente destacado de la agrupación estudiantil Franja Morada, publicó el decreto 530 que centraliza la educación superior en el Poder Ejecutivo que él mismo conduce.

Decreto 530/18. Captura de pantalla

La norma, firmada por el gobernador y el ministro de Gobierno Dalmiro Garay, crea una megadependencia administrativa con funciones extraordinarias. De acuerdo con el Anexo I del decreto provincial, la Coordinación General de Educación Superior, (actualmente a cargo de Emma Cunietti), posee casi treinta funciones específicas, que van desde la determinación de cuáles deben ser las “carreras prioritarias”, hasta la definición de los “perfiles” de las y los trabajadores de la educación del nivel.

Democracia restringida y voto calificado

Foto: Seba Heras

En línea con el modelo de educación superior previo a la histórica Reforma que iluminó a toda Latinoamérica, el decreto cornejista introdujo, entre otras cuestionables modificaciones, un criterio de democracia restringida o calificada para la elección de los cuerpos colegiados que deben gestionar los Institutos.

El Anexo II establece que en los IES (ex terciarios) de gestión estatal se constituirán Consejos Directivos compuestos por directivos, docentes, estudiantes, egresados y “no docentes”. Este cogobierno dotaría de democracia interna a las instituciones, sin embargo, de la lectura del apartado se desprende que, por ejemplo, en el caso de los docentes, esa democracia se reduce en cantidad de miembros y solo a una proporción mínima de titulares.

Dalmiro Garay (Gobierno) y Jaime Correas (DGE). Foto: Cristian Martínez

Mendoza cuenta con 27 IES de gestión pública en todo el territorio provincial. En promedio, el 20% de las y los docentes de ese nivel tienen cargos titulares, el restante 80% cubre suplencias con o sin fecha de finalización. Según el decreto 530, únicamente los profesores titulares podrán aspirar a ocupar un lugar en los Consejos Directivos  y, como si no fuese suficiente esta restricción, los suplentes (muchos de ellos con dilatada antigüedad) perderán el derecho al sufragio que tenían hasta ahora.

Además, si bien el decreto de Cornejo establece la innovación de la elección directa de los rectores, vicerrectores y regentes, se mantiene la lógica de la prohibición del voto universal. Otra vez: profesores y profesoras suplentes, la mayoría –insistimos- de los docentes de los IES, no pueden elegir ni ser elegidos.

Lo más fino del hilo

Foto: Seba Heras

Bajo las nuevas directrices del gobierno escolar, el cargo de Rector de los IES ha sido convertido en una suerte de mero ejecutor y supervisor de las políticas de la elefantiásica Coordinación General de Educación Superior, aunque con algunas facultades que pueden ser ejercidas de manera arbitraria.

El decreto 530 prevé un complejo régimen para la designación de personal docente en horas y cargos titulares, mediante concurso público de antecedentes, méritos y oposición. La norma del Ejecutivo contempla que el Rector “elevará anualmente las vacantes de cargos para concursar al Consejo Directivo y una vez aprobadas por éste se remitirán al CGES”, para continuar con el proceso de selección.

Fotomontaje: El Otro

Como resulta obvio en la administración pública, el decreto no establece cuántas horas o cargos se concursarán por año. En épocas de “reducción del gasto público”, lo esperable es que una gran cantidad no sea cubierta, debido a restricciones presupuestarias. Es por eso que el nuevo régimen autoriza a los rectores a designar personal docente con carácter suplente en las horas cátedras que se dictan frente a alumnos, previo paso por un “Registro de Aspirantes”, y a proponer “suplentes a término por un ciclo lectivo completo”, en los casos de cátedras que no hayan sido cubiertas mediante el concurso anual.

¿Qué pasará con esos docentes provisorios si no hay nuevos llamados a concursos? El decreto no responde a esta pregunta con precisión, como tampoco brinda certezas sobre las continuidades al finalizar el presente ciclo lectivo.

Sin entrar en campañas del miedo, la propia norma de Cornejo pone en alerta al 80% de las profesoras y profesores para que no se apague la imprescindible educación superior.

 


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