El jueves pasado se dio a conocer el fallo dividido por el cual la mayoría automática de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza se expidió -a favor del gobierno provincial- sobre el requisito de antigüedad en el ejercicio de la abogacía que se cuestionó a María Teresa Day. Sin embargo, el caso no está cerrado.

Por Alfredo Guevara | Abogado, militante de Derechos Humanos

Foto: Coco Yañez

La sentencia era previsible, no solo por la composición del Tribunal, sino porque Day viene ejerciendo de facto el cargo con el respaldo del partido hegemónico provincial, a pesar de las acciones judiciales de todo el arco opositor y organismos de Derechos Humanos.

El fallo se compone de un voto mayoritario que reúne cuatro votos del bloque radical de la Corte, compuesto por Dalmiro Garay, José Valerio y Pedro Llorente, con la adhesión de Alejandra Orbelli que fuera designada “a dedo”, es decir, sin sorteo previo, razón por la cual su intervención se encuentra puesta en tela de juicio.

Garay y Valerio | Foto: Cristian Martínez

Esta mayoría oficialista sostiene básicamente que los 10 años de ejercicio de la profesión de abogado se pueden cumplir de cualquier manera. Por el contrario, el voto de la minoría, Julio Gómez, Omar Palermo y Mario Adaro, ponen de manifiesto el quiebre institucional que se vivió mediante el boicot a la audiencia pública, la actitud amenazante del Procurador, Alejandro Gullé,  al intimar a la Corte a no pronunciarse, el necesario respeto a los principios de diálogo y al doble estándar que fija nuestro sistema constitucional para garantizar la idoneidad de los integrantes de la Suprema Corte Provincial y el criterio estricto que debe realizarse al valorar el requisito de antigüedad en el título, admitiendo que se puede ejercer la abogacía no solo mediante el litigio, sino mediante el ejercicio de cargos que exijan por ley o disposición constitucional el título de abogade.

El poder se ejerce cotidianamente. Después de obtener el acuerdo del Senado en un histórico juramento exprés, desde la clandestinidad para eludir las medidas cautelares que tramitaban, Teresa Day otorgó el voto estratégico que faltaba para consagrar a Dalmiro Garay, exministro de Gobierno de Alfredo Cornejo, como presidente del máximo tribunal provincial.

Teresa Day | Foto: UNCuyo

Su incorporación constituye un claro retroceso republicano en materia de independencia del Poder Judicial. Nadie tendrá esperanza de encontrar una Corte imparcial cuando se debatan cuestiones con un interés político gubernamental. Un descrédito a la legitimidad de la Justicia que equipara hacia abajo, alejándose del principio de idoneidad para el ejercicio de los cargos públicos. Una afrenta a las mujeres que avanzan en las luchas por la igualdad. Una amenaza para los excluidos de siempre, ya que se incorpora a una persona que colaboró en la redacción del Código Contravencional. Una advertencia a los opositores perseguidos por razones políticas, a los militantes tupaqueros, a los asediados por ejercer el derecho a la protesta y la libertad de expresión. Una promesa de impunidad en los casos de corrupción gubernamental. La consolidación de una mayoría conservadora refractaria a la plena vigencia de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Foto: Coco Yañez

Al poder político hegemónico solo le resta abonar una imagen de normalidad institucional y esconder la basura debajo de la alfombra en el marco del delirio mágico que predomina en estas tierras. Apostar a la fragilidad de la memoria en un asunto que es capaz de abrir los ojos a diversos sectores respecto de las prácticas aberrantes de quienes se auto erigen como guardianes de la institucionalidad en tiempos electorales.

Sin embargo, el caso de Teresa Day no está cerrado, ni mucho menos. Son diversos, amplios y plurales los cuestionamientos a su designación. Se trata de una victoria pírrica, que deja en evidencia la falta de apego por las formas republicanas por parte de los mismos que se rasgan las vestiduras para manipular a un sector de la opinión pública con fines políticos.

El procurador Alejandro Gullé | Foto: Cristian Martínez

No se trata de un fallo definitivo, no está firme, es susceptible de impugnación judicial ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, eventualmente, de denuncia en Organismos Internacionales de Derechos Humanos.

Asimismo, la decisión plenaria realiza una interpretación que luego debe aplicarse en cada caso concreto. Por lo que en rigor, hasta que no se pronuncien los jueces naturales en cada uno de ellos,  no habrá resolución definitiva.

Foto: Coco Yañez

En Mendoza la degradación institucional es un secreto a voces que difícilmente pueda silenciarse.

 

Otro bochorno en la Corte de Justicia