Dos juzgados hicieron lugar a un Hábeas Corpus de la Asociación Xumek y dispusieron medidas de protección para personas privadas de la libertad. Comprenden desde el otorgamiento de beneficios en la morigeración de la reclusión hasta protocolos de higiene y salubridad. Durante este mes, la Justicia debe decidir, ante la crisis sanitaria, la forma en que cumplirán la pena casi cuatrocientas personas que integran la población de riesgo, probablemente fuera de la cárcel. Ya se libraron al menos siete prisiones domiciliarias.

Fotos de archivo: Coco Yañez

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Correctivo y colectivo

La compleja situación de los contextos de encierro ante la pandemia de coronavirus también ha atravesado las fronteras y motivó en nuestro país el análisis de especialistas y autoridades políticas y judiciales de distintas jurisdicciones.

De hecho, a partir de recomendaciones del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, fueron varias las medidas dispuestas por distintas instancias judiciales para proteger a la población en riesgo. Sin ir más lejos, el caso de decenas de detenidos por crímenes contra la humanidad.

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En nuestra provincia, el 21 de marzo pasado, la Asociación Xumek presentó un hábeas corpus colectivo y correctivo ante la vulnerabilidad de las personas privadas de la libertad a la pandemia. El recurso se fundamentó en “las recomendaciones de Naciones Unidas y la experiencia de los países que han resultado más afectados, que dan cuenta de la importancia de adoptar medidas preventivas urgentes para evitar la propagación de la enfermedad y el deterioro del sistema de salud”.

Al entender que “el contagio y la rápida transmisión del COVID-19” en establecimientos carcelarios “constituyen una seria amenaza a la vida de las personas privadas de su libertad, como también para todo el pueblo mendocino, ya que provocaría el colapso de los hospitales provinciales”, la entidad de promoción y protección de derechos humanos solicitó, entre otras medidas, ordenar la prisión en modalidad domiciliaria de todas aquellas personas privadas de la libertad que se encuentren en situación de riesgo ante la infección por coronavirus de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación; garantizar el contacto de las personas privadas de la libertad con sus familiares a través de medios alternativos, tales como llamadas telefónicas o videoconferencias, mientras dure la cuarentena; y ordenar la inmediata adopción de medidas salubridad e higiene en los establecimientos que impidan el contagio masivo, así como el aprovisionamiento de elementos de higiene y desinfección, medicamentos y el acceso a controles médicos periódicos.

Reacción judicial

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Lucas Lecour, representante de Xumek.

El habeas corpus presentado por Xumek obtuvo una repentina aprobación por parte de la Dra. Mariana Zavi, a cargo del segundo Juzgado Penal de Menores, quien resolvió una serie de medidas entre las cuales ordenó “el reintegro a sus progenitores y bajo la modalidad arresto domiciliario de cinco jóvenes alojados en el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil (SRPJ)”, solicitando a sus autoridades “se asegure el contacto periódico de los adolescentes allí alojados con sus familias a través de video llamadas o comunicaciones telefónicas”, cuestión esta última que extendió a la Comisaría del Menor para los adolescentes allí alojados con sus familias.

La jueza también solicitó la efectiva atención médica de los adolescentes alojados en ambos ámbitos, así como “garantizar la inspección de la sede de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil y Comisaría del Menor periódicamente por parte de profesionales idóneos en la materia a fin de determinar las condiciones de seguridad e higiene de los jóvenes allí alojados, como de los profesionales y personal a su cargo y se disponga su desinfección de manera permanente; así como “proveer en forma habitual de sábanas, frazadas y ropa para dormir aseadas, elementos de higiene personal a los jóvenes que vayan a resultar internados en el lugar o que allí se encuentren y su reintegro resulte contrario a las normas”.

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Por último, Zavi pidió atención médica y psicológica a los jóvenes alojados y garantizar el ejercicio de su derecho a la educación constitucionalmente reconocido.

El 30 de marzo pasado, por su parte, el titular del Primer Juzgado Colegiado Penal, Dr. Sebastián Sarmiento, también hizo lugar -aunque de manera parcial- al recurso de Xumek, ordenando a la Dirección General del Servicio Penitenciario de Mendoza que “en el plazo de diez días hábiles, arbitre los medios necesarios y proceda a la remisión a las autoridades judiciales competentes, previa entrevista y conformidad de los interesados, de las actuaciones administrativas correspondiente al pedido de prisión domiciliaria de la totalidad de la población penal que se encuentre en situación de riesgo frente al coronavirus COVID 19”, que en su resolución delimitó en 397 casos según los informes del Servicio Penitenciario.

Por otro lado conminó a disponer “de un alojamiento transitorio y de aislamiento, para todas aquellas personas privadas de la libertad, que se encuentren en un situación de riesgo frente al coronavirus COVID 19, y que en plazo de quince (15) días, no le sea otorgado el régimen de Prisión Domiciliaria”.

Sobre estas medidas, más allá de los plazos, Sarmiento aclaró el impedimento de “que se tome, a través de esta vía, y de una manera generalizada la morigeración de la totalidad de la población en riesgo, ante la sola mención del estado de emergencia sanitaria actual”, atendiendo al análisis de cada caso en particular, evitando decisiones jurisdiccionales que ocasionen graves perjuicios.

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En cuanto a las medidas de higiene y salubridad, el juez también solicitó garantizar “un sistema periódico de entrega de elementos de higiene y limpieza a las personas privadas de la libertad, como así también de un procedimiento de desinfección de los lugares de alojamiento, donde en ambos casos no podrá superar una periodicidad mayor a los catorce días”. Y en forma análoga a la Dra. Zavi autorizó “el uso transitorio del sistema de telefonía celular a todas las personas privadas de la libertad detenidas en el ámbito del Servicio Penitenciario, mientras dure el estado de emergencia sanitaria y se mantenga la suspensión de las visitas familiares”.

Ambas resoluciones adquirieron cierta relevancia ante la desinformación brindada por el senador radical Diego Costarelli, quien en tono jactancioso, señaló a través de la red social Twitter que “en Mendoza ningún preso será liberado debido al coronavirus. En Mendoza las condenas se cumplen”. Hasta ahí transitaba relativamente lo correcto, pero su hilo continuó: “La Asociación Xumek presentó un hábeas corpus para que los penales tengan en cuenta los derechos de las personas privadas de la libertad, pero eso no significa que se vaya a liberar presos ni que se vaya a dar prisión domiciliaria como ‘beneficio'”, apuntó. Evidentemente los hechos llamaron al silencio al licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública.

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Senador Diego Costarelli

Domiciliarias por skype

Consultado por EL OTRO, Sarmiento ratificó que el universo de población de riesgo dentro del Sistema es de alrededor de 400 personas y que en los Juzgados número 1 y 2 ya hay unos 110 pedidos de prisión domiciliaria. “En mi caso ya concedí tres, los tres casos de personas inmunodeprimidas”, agregando que al no ser general la medida “estamos analizando caso por caso, hay de todo, prisiones perpetuas, penas graves y muchas cortas” y sumó además que “se han presentado alrededor de 150 hábeas corpus en casos no contemplados como población de riesgo”.

Sarmiento indicó que “venimos trabajando desde hace tiempo, mucho antes de que se anunciara la cuarentena, porque el tema de las cárceles en el mundo, particularmente en América Latina reviste características muy débiles ante una epidemia como ésta, de hecho hemos intercambiado experiencias e información con jueces de otras jurisdicciones para conocer cómo se van resolviendo distintas situaciones”.

Foto de archivo de Prensa de Gob. de Mendoza.

Respecto a los plazos para resolver los pedidos de morigeración de la reclusión, el juez sostuvo que “deberán resolverse durante este mes” ante “el pico de infección, que las instituciones del Estado calculan para los primeros días de mayo. Estamos trabajando, con las precauciones del caso, casi con normalidad. En mi Juzgado estamos todos trabajando y realizando audiencias de forma permanente vía skype“.

Respecto a la situación dentro de las cárceles, reflexionó: “si toda la sociedad vive momentos de tensión, en los establecimientos se multiplica. Pero noto mucha tranquilidad y conciencia de lo que está pasando”. En ese sentido calificó como “indispensable la comunicación con familiares, por eso autoricé el uso de teléfonos celulares”, así como mostró preocupación con la restricción de las visitas de familiares. “Es insostenible. Las familias, además del afecto, satisfacen un montón de necesidades que el Estado no garantiza”.

Complejo penitenciario Almafuerte – Foto de archivo Prensa Gob. de Mendoza.

Por último, Sarmiento señaló que “ojalá que esta experiencia le sirva a toda la sociedad, hoy de alguna manera recluida por la cuarentena, para comprender lo que es estar privado de un montón de necesidades y dejar de estigmatizar a los presos, que el único derecho que pierden es el de la libertad”.

En diálogo con este medio, el Procurador de las Personas Privadas de la Libertad, licenciado Luis Romero, también manifestó “el arduo intercambio a través del Consejo Federal de Mecanismos Locales para la Prevención de la Tortura” ante la crisis sanitaria y coincidió en que “se están buscando las alternativas para la población de riesgo. En algunos casos libertad condicional, libertad asistida o prisión domiciliaria”.

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Refirió algunos obstáculos propios de la situación, como la constatación de domicilios que realiza el Ministerio Público Fiscal, pues “tenemos que hacerlo en territorio, personalmente”.

Romero aseguró que aún “es menor” el otorgamiento de prisiones domiciliarias, “siete hasta el momento” y que también se están analizando otras variables para las personas con penas muy leves o aquellas con régimen de confianza en etapa de salidas transitorias.

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