La Justicia ordenó a la Municipalidad de Las Heras y al Gobierno de la Mendoza que provean agua potable a los habitantes del Barrio Nova Terra de El Algarrobal, quienes presentaron un amparo hace un mes. Desde la comuna que conduce Daniel Orozco rechazaron el reclamo de los vecinos, argumentando que el municipio cuenta solamente con tres camiones de distribución de agua, con capacidad de 10 mil litros cada uno.

Por Redacción EL OTRO

Fuente: Poder Judicial Mendoza

El 14 de octubre pasado, Susana Verónica Villalba, en representación de todas las familias del Barrio Nova Terra, interpuso una acción de amparo en contra de la Asociación Consorcio Agua Potable El Algarrobal, de la Municipalidad de Las Heras y del Ente Provincial del Agua y de Saneamiento (EPAS), para exigir que garanticen el acceso al agua potable para esa población que, al momento del reclamo judicial, sólo recibían la carga de un camión por semana.

En concreto, las familias del Nova Terra solicitaron “que se ordene a los demandados a planificar y ejecutar las obras de infraestructura que aseguren una solución definitiva en el acceso regular al servicio público de agua potable”; y que, mientras se arribe a una solución de fondo, se asegure el suministro de agua potable (100 litros diario por persona) y los elementos necesarios para el adecuado almacenamiento de la misma.

Foto: Twitter M. Pascualetti

Por su parte, la Municipalidad de Las Heras rechazó el legítimo reclamo de las y los vecinos argumentando “que la zona en la que se asienta el barrio Nova Terra carece de factibilidad de servicios”, “tampoco existen conexiones de redes domiciliarias para la distribución de agua”, y que “el municipio no es operador de agua en la zona formalmente designado por el órgano de contralor”.

Asimismo, la comuna conducida por Daniel Orozco se excusó de su responsabilidad aduciendo que “la medida cautelar solicitada es de imposible cumplimiento por falta de la disponibilidad del recurso hídrico”, y que “el municipio cuenta solamente con tres camiones con capacidad de 10.000 litros cada uno, los que recorren alrededor de 70 kilómetros diarios para realizar esta labor, entregándose en total alrededor de un millón y medio de litros de agua semanales”.

Daniel Orozco y Rodolfo Suarez Foto: Gobierno de Mendoza

Postura similar asumieron la Asociación Consorcio Agua Potable El Algarrobal y el Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS). En síntesis, ambas instituciones rechazaron el amparo y plantearon no ser responsables de la provisión de agua potable en el Bario Nova Terra.

Sin embargo, el Tercer Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas, entendió que tanto el Estado municipal como el provincial sí deben garantizar el servicio básico reclamado por las más de 200 familias de El Algarrobal.

Foto de archivo: Cristian Martínez

En los fundamentos de la resolución judicial el tribunal destacó que “las normas internacionales de derechos humanos comprenden obligaciones específicas en relación con el acceso a agua potable”, y que  “esas obligaciones exigen a los Estados que garanticen a todas las personas el acceso a una cantidad suficiente de agua potable para el uso personal y doméstico, que comprende el consumo, el saneamiento, el lavado de ropa, la preparación de alimentos y la higiene personal y doméstica”.

Para la Justicia, el caso planteado representa una situación de que compromete la salud y la vida de los habitantes, por lo que consideró “vital que, con carácter urgente, se provea de agua potable a los habitantes del barrio Nova Terra, al menos dos veces a la semana, siendo elemental para ello que, tanto la Municipalidad de Las Heras como el Gobierno de la Provincia de Mendoza, en forma conjunta y coordinada, arbitren los medios que consideren pertinentes para cumplir con tal cometido”. (Leé el fallo completo aquí)

 

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